Información publicada el sábado, 30 de mayo de 2020. Administrador
Se reanuda el plazo para presentar subsanaciones. Nuevo plazo: del 1 al 9 de junio de 2020.
LOS SOLICITANTES QUE HAYAN PRESENTADO YA LA SUBSANACIÓN, NO ES NECESARIO QUE LA PRESENTEN DE NUEVO.
El artículo 9 del RD 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el RD 463/2020, de 14 de marzo, establece que:
"con efectos desde el 1 de junio de 2020, el computo de los plazos administrativos que hubieran sido suspendidos se reanudará, o se reiniciará, si así se hubiera previsto en una norma con rango de Ley aprobada durante la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas".
Se deberá presentar la documentación requerida por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. (Por lo tanto no es válido el registro en el centro educativo).
Toda la información en el siguiente enlace: PINCHA AQUÍ
Ficheros disponibles: listado de alumnos y modelo de subsanación.
Documento:: LISTADO DE ALUMNOS
Documentación: MODELO DE SUBSANACIÓN